NOVEDADES TRIBUTARIAS
· Octubre 2022 ·

1.1 MEDIDAS QUE AFECTAN AL IS
Rebaja del tipo nominal del impuesto del 25% al 23% para las pequeñas empresas con cifra de negocios inferior a 1millón de euros.
Con carácter temporal, limitación en un 50% la posibilidad de compensar las pérdidas de las filiales en los grupos consolidados. Esta medida afectará a grandes empresas.
1.2 MEDIDAS QUE AFECTAN AL IRPF
- Aumenta un punto, hasta el 27%, el gravamen en las rentas del capital entre 200.000 euros y 300.000 euros.
Para rentas del capital superiores a 300.000 euros el tipo se eleva en dos puntos, hasta el 28%. - Aumento de la reducción por rendimientos del trabajo de 18.000 a 21.000 euros.
- El mínimo de tributación sube de 14.000 a 15.000 euros.
- Rebaja adicional del 5% en el rendimiento neto de módulos para los autónomos.
- Se eleva del 5% al 7% la reducción para gastos deducibles de difícil justificación en la tributación en régimen de estimación directa simplificada de los autónomos.
1.3 IMPUESTO A LAS GRANDES FORTUNAS
Creación de un nuevo Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas. El impuesto se establece con carácter temporal para los ejercicios 2023 y 2024 y afectará a patrimonios superiores a 3 millones de euros. Para corregir la doble imposición, la cuota abonada por el Impuesto sobre el Patrimonio será deducible de este nuevo impuesto.
El pasado miércoles, 21 de septiembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.
Destacan las siguientes medidas:
- Reducción del 21 al 5 por ciento del tipo de IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural. Esta medida se adopta con carácter excepcional y transitorio para responder al incremento de precios en el mercado energético.
- Se establece también de forma excepcional y transitoria una reducción desde el 21 al 5 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña utilizados en sistemas de calefacción. Se pretende con ello favorecer el desarrollo y la utilización de combustibles menos contaminantes en sistemas de calefacción y fomentar la suficiencia energética
Estas medidas serán de aplicación desde el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
En relación con esta cuestión debemos señalar que este Real Decreto Ley 17/2022 no ha regulado qué tipo de recargo de equivalencia debe aplicarse en estas operaciones, cuestión, que deberá ser aclarada con celeridad por la Administración tributaria.


El artículo 12 del texto de la Ley que hoy se aprueba, modifica el artículo 2 bis “Factura electrónica en el sector privado” de la Ley56/2007, estableciendo las siguientes obligaciones:
Obligación para todas las empresas y autónomos de expedir y remitir factura electrónica en sus relaciones comerciales.
Se debe dar acceso a consultar las facturas por medios electrónicos de los últimos 4 años.
El receptor de la factura no podrá obligar a su emisor a la utilización de una solución, plataforma o proveedor de servicios de facturación electrónica predeterminado.
Con esta medida se pretende digitalizar las relaciones empresariales, reducir costes de transacción y facilitar la transparencia, además de combatir la morosidad en el tráfico empresarial.
La facturación electrónica entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, este artículo producirá efectos a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario. La Ley se publicó el pasado 29 de septiembre, y estamos a falta del desarrollo del texto reglamentario.