PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES

La Ley 10/2010 de 28 de abril de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, posteriormente modificada por el RD-Ley 11/2018, impone a determinados colectivos la obligación de desarrollar un sistema de control interno para prevenir prácticas ilícitas.

Para ello, han de implementar una serie de medidas que deben de ser auditadas anualmente por expertos profesionales, que acrediten una adecuada formación y experiencia profesional y que, además, se hallen inscritos en el registro del SEPBLAC.

El servicio ofrecido por PFS Grupo, consta de:

  • Asesoría Integral para cumplir con todas las obligaciones vigentes en materia de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, manteniéndole informado de forma continua de todas las novedades legislativas en la materia y de sus implicaciones prácticas.

  • Auditoría: Revisión del procedimiento implantado por la organización y elaboración de un informe de experto externo, inscrito en el registro que lleva el SEPBLAC, de conformidad con las exigencias de la normativa vigente.

  • Formación: Impartición de píldoras de formación en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, dirigidas a directivos, empleados y miembros del Órgano de Control Interno o de la Unidad Técnica de los Sujetos Obligados para el correcto cumplimiento de la normativa.

  • Implantación de Canal de Denuncias interno: Implantación y gestión de un canal de denuncias interno y anónimo, de conformidad con lo exigido por el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, que transpone la Cuarta Directiva Europea sobre la materia, y que requiere que los Sujetos obligados dispongan de canales de denuncia en los que se reciban denuncias sobre potenciales incumplimientos de los Sujetos obligados referentes a las exigencias normativas de Prevención del Blanqueo de Capitales.

Desde PFS Grupo, hemos desarrollado el canal de denuncias, Vía Ética, para ayudar a las organizaciones a cumplir con la normativa aplicable y gestionar posibles irregularidades ocurridas en el seno societario.

Logotipo de Vía ética

Los beneficios de Vía Ética son:

  • Cumplir con todas las exigencias

  • Asegura el cumplimiento de las obligaciones, recomendaciones y directrices

  • Da respuesta a los principios de transparencia

  • Gestionado por un equipo especializado

  • Adoptar modelos de cumplimiento normativo

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    (*) En los casos en los que represente a un menor de 14 años o a una persona con incapacidad jurídica, declara responsablemente disponer de la patria potestad o tutela del menor o de la representación legal jurídica correspondiente, cuya justificación podrá ser requerida por parte del Responsable de Tratamiento a fin de legitimar el consentimiento aceptado.


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