¿Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)?

Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IVA, pues se pasa a un nuevo sistema de llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación.
Con esta información, la AEAT irá configurando, a tiempo real, los distintos Libros Registro.

¿Afecta el SII a todos los sujetos pasivos del IVA?

El nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:

–   Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
–  Grandes Empresas (facturación superior a 6 millones de €)
–  Grupos de IVA

¿Cuándo será de aplicación el nuevo SII?

A partir del 1 de Julio de 2017, será obligatoria la inclusión en el SII para todos aquellos sujetos pasivos con obligación de autoliquidar el IVA mensualmente. En el periodo comprendido entre el 1 de Julio y el 31 de Diciembre de 2017, estarán obligados a remitir los registros de facturación correspondientes al primer semestre de 2017.

Líneas básicas de funcionamiento del SII

Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar, a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:

–   Libro registro de facturas expedidas.
–   Libro registro de facturas recibidas.
–   Libro registro de bienes de inversión.
–   Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.

¿Cuáles son las ventajas para el contribuyente del nuevo SII?

–  Reducción de las obligaciones formales, suprimiendo la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, así como la elaboración de los Libros Registros de IVA.
–  Ampliación en diez días del plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas.
–  Disminución de los requerimientos de información
–  Reducción de los plazos de comprobación así como de los plazos de realización de las devoluciones, al disponer la AEAT de la información en tiempo casi real y de mayor información sobre las operaciones.