El Instituto de Desarrollo del Principado de Asturias (IDEPA), ha convocado el Programa Cheque de Innovación, en el cual PFS Grupo ha sido habilitado como empresa proveedora y que cuenta con las siguientes características.

ACCIONES SUBVENCIONABLES:

Los proyectos para cuyo desarrollo se solicita la subvención deberán desarrollarse en el ámbito de las líneas siguientes:

Línea 1. Asesoramiento Tecnológico: asesoramiento y asistencia técnica prestados por Centros de Innovación o Tecnología dedicados a la investigación e innovación tecnológica en el ámbito de las prioridades de la Estrategia Asturias RIS3.

Línea 2. Consultoría para la Certificación: servicios de consultoría especializada para la obtención de certificados de procesos industriales, implantación de modelos de organización y gestión innovadores y la acreditación de laboratorios.

Línea 3. Diseño: contratación de servicios profesionales de diseño.

Línea 4. Implantación soluciones TIC: contratación de servicios de consultoría para la implantación de soluciones TIC que contribuyan a la mejora de los procesos internos de la empresa.

Línea 5. Protocolo Familiar: Elaboración y posterior formalización del Protocolo de sucesión, ante fedatario público, que represente una mayoría del capital social y que se elabore según el contenido básico establecido en las Bases.

No se consideran subvencionables los proyectos cuyo objetivo esté orientado al cumplimiento de requisitos legales ni los que estén destinados a financiar gastos relacionados con la actividad habitual de la empresa.

BENEFICIARIOS

Pequeñas y medianas empresas industriales, de servicios de apoyo industrial y de construcción con personalidad jurídica propia, que cuenten con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral (en ambos casos a tiempo completo o equivalente) y los autónomos de los mismos sectores que cuenten con uno o más empleados a tiempo completo o equivalente.

Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro.

La actividad llevada a cabo por los beneficiarios debe coincidir con alguno de los IAE recogidos en la lista de IAE´s subvencionables que figura en el Anexo de las bases reguladoras.

Las condiciones para ser beneficiarios deberán cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud, como en el de la concesión y en el del pago.

Para cualquier información adicional, no duden en contactar con nosotros.